domingo, 21 de abril de 2013

La comunión y la igualdad de derechos en la Iglesia

Noticia: El cura párroco de Monforte del Cid (provincia de Alicante) se niega a una niña de siete años realice la catequesis y haga la comunión, dado que padece el síndrome de Lenox, una discapacidad que conlleva una deficiencia mental severa. Un grupo de vecinos han iniciado una recogida de firmas en contra de dicha decisión. El Obispado de Orihuela-Alicante ha asegurado que la decisión del párroco, "no es una manía" del sacerdote sino que "responde a la normativa de la Iglesia", que requiere que los niños comprendan el sentido de este sacramento

 ¿Comprende un niño qué significa el bautismo? En los primeros siglos de la iglesia lo cierto es que se bautizaba a los adultos, después de un periodo de iniciación. ¿Comprende lo que significa la comunión, el hecho de formar un solo cuerpo con el alma y la divinidad de Cristo realmente presente en la eucaristía? ¿Comprenden en realidad los cristianos lo que significa el sentido profundo de los siete sacramentos? La verdad es que la formación teológica y bíblica de los católicos es muy baja (y aunque fuera muy alta la realidad es que su comprensión racional es compleja, y para mí, todo hay que decirlo, imposible por irracionalidad), de modo que esa comprensión se limita generalmente a la repetición de rituales puramente sociales y de estatus sin ir más allá. Pero mi reflexión no pretende ir por ese camino. Lo que me llama la atención de esa noticia es la marginación a la que se somete en la iglesia a todo aquel que no cumple unos parámetros determinados. Su oposición al aborto es radical. Tiene que nacer todo lo que se engendre naturalmente, incluso como ahora parece que nos prepara el ministro Gallardón, aquellos que presenten deformaciones, eso sí, sin haber mencionado todavía cuáles ni su gravedad. Todo el mundo tiene derecho a la vida. Esta afirmación significa que cualquier ADN específicamente humano tiene que llegar a ser lo que en potencia es. Pero una vez que ha nacido, las cosas cambian. Para nacer todos sin excepción tenemos el mismo derecho a vivir, ¿qué sucede una vez situados en este mundo? Que la iglesia establece unas claras distinciones de derechos dependiendo de características puramente naturales, es decir, aquellas que venían insertas en el ADN. Si eres mujer no tendrás los mismos derechos, pues no podrás ser sacerdote ni integrarte plenamente en la organización institucional eclesial. Si eres homosexual o lesbiana, tus actos se encontrarán en la categoría de lo “intrínsecamente desordenado”, “contrarios a la ley natural”, “cierran el acto sexual al don de la vida. No proceden de una verdadera complementariedad afectiva y sexual. No pueden recibir aprobación en ningún caso” (Catecismo de la Iglesia Católica 2357). Si padeces una deficiencia psíquica no podrás integrarte sacramentalmente en la iglesia (ni siquiera podrás ir a colegios concertados religiosos, pues en su mayoría no poseen unidades específicas para atenderlos). El modelo paradigmático de persona para la iglesia es el de varón heterosexual virgen con capacidad intelectual, al menos, normal. Todo lo demás ocupa un lugar secundario o simplemente no tiene los mismos derechos. Nacer deben nacer todos, pero luego la iglesia reparte las funciones dependiendo de características puramente naturales (sin entrar en las distinciones sociales, que también las hay). Para todos estos colectivos lo único que cabe es un acogimiento caritativo o un puesto subsidiario con respecto al sacerdote. De esta forma, al derecho natural universal de nacer le corresponde eclesialmente un derecho individual de marginación o de exclusión. Aquella categoría natural de la vida que nos iguala a todos, ahora se convierte en una categoría institucional que nos diferencia en función de cómo el ADN haya evolucionado. Potencialmente en el ADN también estaban la enfermedad, la malformación, la diferenciación sexual (y no digamos si la homosexualidad es una simple elección de la persona, pues entonces la «enfermedad» es mucho más grave), etc., pero parece que esas potencialidades no nos dan los mismos derechos, pues únicamente cuando el ADN se convierte en un varón normal se accede a la categoría de persona plena.

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